Es recomendable llegar a un acuerdo con los empleados antes de implantar un control de presencia huella digital. La gran ventaja del registro biométrico es que comprobamos sin error alguno que la persona que ha realizado el registro es el propio empleado, algo que no ocurre con tarjetas identificativas. El Control presencia facial es el que hoy en día se está haciendo más fuerte tanto por su seguridad como por su limpieza e higiene.
Antes de obligar a fichar con huella digital
Se puede utilizar la huella dactilar para el registro, pero hay que saber que para recoger un dato personal hay que tener una finalidad legítima y aplicarse principios de proporcionalidad. Es decir, en este caso el fin es el registro de la jornada laboral, por lo que parece que está justificado el uso de huella.
No obstante a su vez la proporcionalidad implica que si vamos a recoger un dato de especial protección como la huella digital, antes tendríamos que haber probado otros métodos de registro, como código personal o tarjeta de acceso, que cumplen esa misma función, sin embargo, no son tan invasivos para el empleado.
Si se hubiera probado que los empleados están haciendo trampas en la utilización de códigos o tarjetas, la obligación de registrar a través de la huella dactilar está justificada.
Esto es importante para las empresas, por lo que aconsejo se dejen asesorar por profesionales antes de poner cualquier tipo de CONTROL DE PRESENCIA
Tratamiento de datos biométricos
La huella digital y el escaneo facial son datos especialmente protegidos y así recogido por la LOPDGDD.
La normativa establece garantías como la autorización del cifrado, el almacenamiento de esos datos biométricos en un dispositivo personal, sin embargo, no en un almacenamiento centralizado.
A nivel técnico, un lector biométrico lo que suele utilizar no es la huella dactilar o reconocimiento facial, sino un patrón que a través de un algoritmo transforma dicha huella.
Aunque roben estos datos, sin el algoritmo solo son datos sin sentido y no se puede usar en otro lugar.